Por Víctor Pavez, consultor tributario, especialista de Thomson Reuters CHECKPOINT

Última semana de febrero, para muchos el término de las vacaciones; para los que se desempeñan en el ámbito tributario, la semana que marca el  hito inicial de una nueva Operación Renta.

El día 26 representa el primer vencimiento para un grupo de Declaraciones Juradas. En los días y semanas que siguen se sucederán los vencimientos de más de ochenta Declaraciones Juradas con la entrega de información de la más variada índole, siempre requerida por el Servicio de Impuestos Internos. Entre muchos otros antecedentes se deberá declarar sobre sueldos y honorarios; respecto de retiros y dividendos; rentas e inversiones del exterior; remesas, pagos y retenciones a personas sin domicilio y residencia en Chile.

Luego, en Abril, el hito fundamental. El mes en que las personas y empresas deben presentar el formulario 22  para declarar sus rentas y pagar los impuestos por el Año Tributario 2016 o solicitar las devoluciones si proceden.

La correcta determinación y declaración de los tributos adeudados o las devoluciones correspondientes, que se consignen en el formulario 22, será  calificada por el Servicio de Impuestos  Internos, tomando como base principal toda la información proporcionada por los contribuyentes a través de las Declaraciones Juradas. Serán tales antecedentes con los que se harán los cruces y validaciones.

Todo lo dicho no representa ninguna novedad. Es el proceso que nos toca vivir todos los años. Sin perjuicio de lo expresado, me parece pertinente efectuar un par de comentarios sobre el tema. Uno originado en la contingencia, el otro  en los aspectos permanentes vinculados con el proceso en referencia.

La contingencia: El día lunes 8 del mes en curso, se publicó la “Ley 20.899 sobre simplificación tributaria” conocida como reforma a la Reforma. El cuerpo legal en cuestión, vino a introducir una serie de ajustes a la Ley 20.780, de septiembre del 2014, que representa la más grande reforma tributaria de los últimos treinta años.

Como es sabido, las modificaciones de la Ley 20.780 (a su vez modificada por la Ley 20.899) tienen distintas fechas de vigencia, desde el año comercial 2014 en adelante. Por cierto, el presente Año  Tributario 2016, se ve afectado por los cambios que incorporan las normas mencionadas. En otras palabras, parte de las “novedades” de las Declaraciones Juradas del año 2016 se explican por la “Reforma Tributaria”. De la misma manera tal “Reforma” incidirá en la Declaración de Renta, que se materializará en abril a través del formulario 22.

Aspectos permanentes del proceso de Operación Renta: En primer lugar “La Contingencia”. En efecto, todos los años una interrogante a resolver es “¿Cuáles son las novedades? Tratándose de Declaraciones Juradas, ¿Cuáles son las modificadas?, ¿Cuáles las eliminadas?, ¿Cuáles las nuevas? A consecuencia de aquello otras inquietudes: ¿Qué explica los cambios?, ¿Qué persigue el Servicio de Impuestos Internos?

En el caso del Formulario 22, la interrogante ¿Cuáles son las novedades? apunta a resolver dudas referidas a nuevas líneas a utilizar, nuevos recuadros a completar y/o líneas y recuadros modificados y eliminados. Igualmente, deriva de lo anterior otras cuestiones ya planteadas: ¿Qué explica los cambios?, ¿Qué persigue el Servicio de Impuestos Internos?

Como segundo aspecto permanente del proceso de Operación Renta es, precisamente, su carácter de “Proceso”, entendido como “conjunto de las fases sucesivas de una operación”.

Todo lo anteriormente expuesto, nos permite calificar el “Proceso de Operación Renta” como muy complejo y, al mismo tiempo, nos reafirma en la convicción de que la única forma de transitar y finalmente concluirlo adecuadamente, es apoyándose en las personas y en la tecnología. En personas que permanentemente estén abocadas al estudio de las normas tributarias y den a conocer el sentido y alcance de las mismas, a través de libros, cursos o consultoría. En cuanto a la tecnología, desarrollada con la colaboración de las mismas personas referidas, existen herramientas que procesan y entreguen la información completa y correcta, en la forma y fondo, de la manera que es exigida por la autoridad tributaria.

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